
Motosierra sin freno: el Gobierno ignora a la Justicia y frena la restitución de 22.000 pensiones por discapacidad

Tal como hace con los fallos judiciales que lo obligan a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, el gobierno de Javier Milei ignora también fallos judiciales que lo obligan a retrotraer parte del ajuste que viene aplicando en el área de Discapacidad. Así quedó en evidencia en la Resolución 3697/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Allí, el gobierno libertario dejó sin efecto la restitución de las pensiones no contributivas por invalidez de más de 21.800 personas, que deberán pedir la rehabilitación de sus beneficios dentro de un plazo de 60 días corridos. Para hacerlo, podrán presentarse en las agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI, que reemplazaron a las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) como canal de atención presencial.
Son más de 21.800 beneficiarios con prestaciones suspendidas en su mayoría entre junio y agosto de 2025. En octubre de 2025 el Gobierno se había visto obligado a restablecer el pago de las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas durante las auditorías. Lo hizo a regañadientes en cumplimiento de una medida cautelar del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, dictada en la causa “Defensor del Pueblo y otros c/ ANDIS s/ acción de amparo”.
Ahora, el gobierbno libertario las volvió a suspender y, de acuerdo con la nueva normativa, los beneficiarios de las pensiones perjudicados por la motosierar libertaria deber´pan volver a solicitar la rehabilitación de su beneficio dentro de los 60 días corridos desde su notificación. Para hacerlo, deberán presentar documentación médica actualizada, renovar sus datos personales o aportar los antecedentes necesarios para acreditar su derecho.
Además de las agencias y UGL del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), las presentaciones podrán realizarse en las dependencias de atención de la Secretaría Nacional de Discapacidad habilitadas, a través del Formulario de Consultas del Ministerio de Salud disponible en su sitio web, mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD) con el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”, o por correo electrónico a la casilla [email protected].
La documentación será incorporada a las actuaciones administrativas y evaluada por las áreas competentes de la Secretaría, que determinarán si corresponde la rehabilitación.
En los fundamentos de la Resolución 3697, el organismo explicó que el cambio de canales busca “facilitar la recepción presencial de la documentación a través de una red de atención con presencia territorial”. Además, aclaró que la modificación no altera los requisitos para pedir la rehabilitación ni los efectos de la Resolución 3695.
Resolución 3697/2026:
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