
El Juzgado de Faltas de la ciudad de Resistencia pide responsabilidad a medios, a la comunidad y promueven acciones de prevención
Y dispuso además una serie de medidas dirigidas a la comunidad en general y a las autoridades educativas, orientadas a evitar la difusión de contenidos sensibles, proteger la identidad de menores de edad y promover acciones de concientización y prevención.
Respecto a la intervención mediática en este tipo de hechos señalaron que reviste una especial sensibilidad, por lo que resulta fundamental resguardar los derechos de las personas menores de edad, evitando la difusión de datos personales, imágenes o cualquier elemento que permita su identificación, ya sea directa o indirecta.
En este sentido, recordaron que la protección de la intimidad, la dignidad y el interés superior del niño debe prevalecer en toda cobertura periodística, conforme a los estándares legales y convencionales vigentes.
Asimismo, en relación con el tratamiento informativo de suicidios, solicitaron evitar enfoques sensacionalistas, la descripción detallada de los hechos o de los métodos utilizados, así como la reiteración innecesaria de la noticia. Por el contrario, se recomienda incorporar información útil para la prevención, visibilizar canales de ayuda y promover mensajes de cuidado y acompañamiento.
Otras solicitudes
Por otra parte, el Juzgado resolvió requerir a la población en general que cese de realizar publicaciones en redes sociales que incluyan nombres, imágenes o cualquier dato que permita identificar a personas menores de edad, así como también abstenerse de compartir contenidos difundidos por medios digitales, televisivos, radiales o gráficos vinculados a los hechos acontecidos en la Escuela de Educación Técnica N° 16 "Primero de Mayo" de esta ciudad.
En caso de existir publicaciones de este tipo, se deberá proceder a su inmediata eliminación, especialmente aquellas que contengan nombres, videos o imágenes de menores de edad.
Se hace saber que el incumplimiento de lo dispuesto podrá dar lugar a la aplicación de sanciones conforme a lo establecido en el artículo sobre Hostigamiento Digital, el cual prevé arresto de hasta 60 días o multa equivalente en efectivo de hasta diez remuneraciones mensuales mínimas, vitales y móviles, para quien, mediante acciones insistentes y reiteradas, intimide u hostigue a otra persona a través de cualquier medio de comunicación o transmisión de datos, cuando ello genere una grave alteración en la vida cotidiana de la víctima.
En ese marco, también dispuso requerir a las autoridades de la Escuela que diagramen, junto a la totalidad del alumnado, actividades que promuevan un trabajo articulado con las familias, compañeros y docentes. Las mismas deberán estar orientadas a la concientización, prevención e investigación sobre el ciberbullying, incluyendo el análisis de documentales, campañas y noticias vinculadas a casos y sus consecuencias, conforme a las pautas establecidas en los considerandos del decreto.


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