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La Cámara Federal consideró como un genocidio la matanza de Rincón Bomba
Formosa - Interés General
04/03/2020 09:16:00
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó un fallo de primera instancia que declaró crimen de lesa humanidad la matanza de miembros de la comunidad indígena Pilagá perpetrada por fuerzas de Gendarmería Nacional el 10 de octubre de 1947 en la zona de La Bomba (Formosa).El Tribunal lo consideró un “genocidio”.
Con las firmas de las camaristas María Delfina Denogens y Rocío Alcalá, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la demanda promovida por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá que declaró como un crimen de lesa humanidad la masacre de miembros de las comunidades indígenas cometido el 10 de octubre de 1947 en la zona de La Bomba (Formosa) a manos de Gendarmería Nacional y la Fuerza Aérea.

La sentencia también ordenó reparar patrimonial y no patrimonialmente a la comunidad. La sentencia de primera instancia llegó a la Cámara Federal por la apelación durante el gobierno del expresidente Mauricio Macri.

En el fallo de primera instancia, el juez federal de Formosa, Fernando Carbajal, dispuso que se debía erigir un monumento con los nombres de las víctimas del genocidio en la ciudad de Las Lomitas y el otorgamiento de becas de estudio además de la reparación económica reclamada por los accionantes.
Cada 10 de octubre se recuerda la matanza Pilagá en Las Lomitas

En el fallo dictado por la Cámara Federal el pasado 26 de febrero se confirma el del juez formoseño Fernando Carbajal pero se hace lugar también al planteo de la Federación de Comunidades Pilagá de considerar un “genocidio” el perpetrado contra esa etnia indígena. “(…) la pretensión de la comunidad Pilagá de que sea reconocido el genocidio sufrido por su pueblo resulta a todas luces legítima y procedente, por lo que corresponde en esta instancia formular la declaración pertinente en tal sentido, a fin de que bajo dicho título sea rememorada la fecha de la tragedia”, sostiene la sentencia de Cámara.

Sin embargo, la Cámara Federal no hizo lugar al reclamo de indemnizaciones individuales para los familiares de las víctimas. En ese sentido, coincidieron con el juez Carbajal en que existen “circunstancias especiales que dificultan el otorgamiento de una reparación económica individual a cada miembro de la etnia, y la consecuente pertinencia de indemnizar al colectivo por ellos conformado” por lo que ratificó la reparación colectiva al Pueblo Pilagá.
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