Viernes 29 de Marzo de 2024
 

           
Por ley, la provincia tendrá desfibriladores externos automáticos en espacios públicos y privados
Chaco - Interés General
14/11/2019 16:26:00
El Poder Legislativo sancionó por unanimidad la Ley Nº 3078-G, iniciativa de la presidenta Elida Cuesta, que establece la obligatoriedad de instalar en todos los espacios públicos y privados donde concurra una gran afluencia de público un desfibrilador externo automático con el objetivo de cuidar la salud y la vida de los chaqueños contribuyendo a la disminución de la mortalidad cardiovascular.

La normativa establece que la autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo y deberá capacitar al personal que estará a cargo del desfibrilador promoviendo la formación en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP).

En este sentido Cuesta manifestó que “hay una ley nacional que establece la obligatoriedad de tener desfibriladores en todos los espacios y edificios públicos y privados, pero esto no se cumplía, por eso nos adherimos a esa ley, pero también establecimos como obligatorio en todos los espacios públicos tener estos aparatos, ya que pueden salvar una vida en segundos”.

Además, la legisladora aseguró que establecer la capacitación de los trabajadores es para que estén a la altura de las circunstancias por si llegara a ocurrir algún episodio de esta característica. “Nadie está exento de que ocurra esto en su lugar de trabajo, entonces vamos a hacer una capacitación para todos nuestros trabajadores con gente especializada para que aprendan las técnicas de reanimación y las apliquen correctamente”, afirmó.

Por otra parte, la normativa establece que en los establecimientos públicos y privados en los cuales se instalará el desfibrilador externo automático deberá estar señalizado por carteles e instructivos con el procedimiento a seguir para la utilización del mismo.

La normativa nacional promueve la enseñanza promoción y capacitación en las técnicas de RCP básicas para estudiantes de los niveles medio y superior; determinar las pautas de acreditación para la capacitación del personal de los lugares establecidos, en técnicas de maniobras de resucitación cardiopulmonar básica y en el uso de los DEA; establecer las pautas de capacitación de quienes participan en espectáculos deportivos, promoviendo la incorporación en los planes de estudio de contenidos referidos a resucitación cardiopulmonar básica.

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